Comisión Central de Magíster Profesional

La Comisión Central de Magíster Profesional (CCMP) es el cuerpo colegiado de la administración central responsable del aseguramiento de la calidad de los programas de magíster profesional de la Universidad Austral de Chile.

Conformación 

De acuerdo el Título III del Reglamento General de Programas de Magíster (actualizado: diciembre de 2024), la Comisión estará integrada por el o la Director/a de Estudios de Postgrado, quien la presidirá, y cinco académicos acreditados para magíster profesional, designados por el Consejo Académico a proposición de la Vicerrectoría Académica. Sus integrantes deberán representar diferentes áreas del conocimiento de los programas activos en la oferta académica. En la eventualidad de situaciones en que la Comisión requiera analizar aspectos de áreas sin representación, la Comisión podrá invitar a un/a especialista del área a la sesión correspondiente.

Integrantes (DR 61-2025):

Marcelo Gómez J.
Director de Estudios de Postgrado

Virginia Vásquez F.
Instituto de Arquitectura y Urbanismo
Facultad de Arquitectura y Artes

Guillaume Benoit S.
Instituto de Ingeniería Mecánica
Facultad de Ciencias de la Ingeniería

Guy Boisier O.
Instituto de Administración
Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas

María Paz Gatica R.
Instituto Ciencias Jurídicas
Sede Puerto Montt

Sandra Marín A.
Instituto de Acuicultura y Medio Ambiente
Sede Puerto Montt


Los integrantes de la Comisión durarán en el cargo cuatro años, pudiendo ser reelectos por un período. Su elección se hará por parcialidades de dos o tres integrantes cada dos años.  

Quórum para sesionar

La Comisión sesionará con un quórum superior al 50% de sus miembros. Para la toma de decisiones se requerirá un quórum de mayoría simple, con voto dirimente del/la Director/a de Estudios de Postgrado en el caso de empate.

Funciones

Serán funciones de la Comisión Central de Magíster Profesional:

 a) Asesorar a la Dirección de Estudios de Postgrado en todas las materias relacionadas con el desarrollo de los programas de magíster profesional que ésta someta a su consideración.

b) Evaluar y aprobar las propuestas de nuevos programas de magíster profesional o reformulación estructural de los programas existentes y proponerlas al Consejo Académico para su sanción, a través de la Vicerrectoría Académica.

c) Recomendar a la Vicerrectoría Académica la reorganización, suspensión temporal de la admisión de nuevos ingresos o cierre de programas.  

d) Aprobar las proposiciones justificadas de las Escuelas de Graduados relacionadas con la nominación de los Comités de Programas y sus respectivos directores.  

e) Acreditar o autorizar a los profesores de acuerdo con los Criterios de Acreditación aprobados por el Consejo Académico.  

f) Aprobar las modificaciones de planes de estudios o modificaciones a las definiciones de objetivos, perfil de graduación o áreas de desarrollo de los programas a proposición de las Escuelas de Graduados respectivas.

g) Resolver las solicitudes de apelación de los estudiantes.  

h) Estudiar y consensuar con el Consejo de Postgrado las modificaciones a este Reglamento a que haya lugar.  

 

ültima actualización: 10 de julio, 2025

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