Fondo de Crédito Solidario

Los fondos de crédito universitario, fueron creados por la ley 18.591 del año 1987 como organismos insertos en las Instituciones de Educación Superior. Con fecha febrero de 1994 la ley 19287, en su artículo 1º, creó el Fondo Solidario de Crédito Universitario, continuador legal del Fondo señalado. El Fondo Solidario de Crédito Universitario, en adelante FSCU, tiene destinado asignar recursos, en calidad de préstamo a los alumnos de pregrado, cuyo objeto es financiar total o parcialmente los aranceles, según su disponibilidad presupuestaria existente. El Fondo Solidario de Crédito no tiene personalidad jurídica separada de la Universidad Austral de Chile. La comisión para el Mercado Financiero, ha establecido que los fondos deben mantener registros contables separados de los llevados por la Universidad, así como utilizar plan de cuentas específico y emitir estados financieros con la forma y contenidos fijados por ellos.

 

Procedimientos de Cobranza:

Se iniciará el proceso de cobranza de los deudores, dos años después de su Egreso, o dos años después de cancelada su última matrícula, en ambos casos, esté o no en posesión de su título o grado respectivo.

Al iniciar la cobranza de crédito y si el monto actualizado, según ley 19.287, es menor a 200 UTM, el plazo para servir la deuda quedará a 12 años plazo y si fuera superior a 200 UTM a 15 años. En este tipo de crédito el deudor deberá declarar sus ingresos del año anterior, al 31 de mayo, con esta información se determinará el resultado de la cuota anual y en base al 5% de éstos o quedar exento de pago si no los tuviera. El vencimiento del pago será al 31 de mayo del siguiente año, pudiendo la Universidad modificar el plazo según necesidad. Al iniciar la cobranza de crédito y si el monto actualizado, según ley 19.287, es menor a 200 UTM, el plazo para servir la deuda quedará a 12 años plazo y si fuera superior a 200 UTM a 15 años. En este tipo de crédito el deudor deberá declarar sus ingresos del año anterior, al 31 de mayo, con esta información se determinará el resultado de la cuota anual y en base al 5% de éstos o quedar exento de pago si no los tuviera. El vencimiento del pago será al 31 de mayo del siguiente año, pudiendo la Universidad modificar el plazo según necesidad. 

Características del Crédito Solidario

Aspectos Relevantes:

El pago anticipado de la deuda total de crédito universitario, por ley, tiene un descuento total de un 25%.
En caso de no presentar declaraciones de ingresos, de acuerdo con la normativa, se determinará un plan de pago en cuotas fijas de acuerdo con la siguiente tabla:

Saldo deudor deuda (UTM)

Años de cobro 

Desde 0 a 50

6

Desde 51 a 100

9

Desde 101 a 200

12

201 o más

15

 

Objetivos y Funciones

Objetivo :
El Fondo de Crédito Universitario de la Universidad Austral de Chile, fue creado con el amparo del artículo 70 de la Ley 18.591 de enero de 1987, que establece la creación de un fondo de crédito universitario para cada una de las instituciones de Educación Superior que a la fecha de publicación de la Ley recibían aporte fiscal según Decreto con Fuerza de Ley Nº 4 de 1981. Posteriormente, la Ley 19287 del 1994, modifica y sustituye al Fondo de Crédito Universitario por otro denominado Fondo Solidario de Crédito Universitario, y establece normas de Reprogramación de los deudores.

El Fondo Solidario de Crédito Universitario ( FSCU ), tiene destinado asignar recursos, en calidad de préstamo a los alumnos de pregrado, cuyo objeto es financiar total o parcialmente los aranceles, según su disponibilidad presupuestaria existente. Para lo anterior, es necesario, mantener, actualizar y entregar la información, referente a ex-alumnos. Básicamente, llevar el Control de la cuenta corriente de los deudores de, Crédito Fiscal Universitario ( CFU ) Crédito Fiscal Reprogramado ( CFR ), Crédito Universitario ( CU ) y Crédito Solidario ( FS ), entregando una atención oportuna y eficiente al ex alumno o deudor de crédito universitario.

Definición de Funciones:
Las tareas a desempeñar están claramente identificadas en la Ley 19287, continuador legal del Fondo de Crédito Universitario.

Anualmente deben efectuarse cobranzas, que separamos en dos grupos; deudores que ya se encuentran en cobro, y deudores que Inician Cobranza. Para lo cual, se realizan procesos masivos por tipo de crédito.
 

Normativas:

Archivo word

Ley 19287

Archivo word

Ley N°20.572 de Reprogramación de Deudas Morosas.


 

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Administradora: Milagros Guerrero Martínez

Secretaria: Ximena Mera Pérez
Teléfono: +56 63 2 22 1379
Email: xmera@uach.cl

Presencial:

Dirección de Comunicaciones
Las Encinas 220, Pabellón C, 1 º piso
Campus Isla Teja, Valdivia

Consultas por Admisión:

Lunes a viernes
Horario: 09:00 a 13:00 y 15:00 a 18:00 hrs.

Acreditación

Vicerrectoría de Gestión Económica y Adm. · Independencia 641 Casa Central, 2º Piso · Tel: +56 63 2221381 · Fax: +56 63 2221774 · Valdivia · Chile

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