Fondo de Crédito Solidario

FONDO SOLIDARIO DE CRÉDITO UNIVERSITARIO (FSCU)

"Tu cumplimiento permite que otros puedan estudiar."

Los fondos de crédito universitario, fueron creados por la ley 18.591 del año 1987 como organismos insertos en las Instituciones de Educación Superior. Con fecha febrero de 1994 la ley 19287, en su artículo 1º, creó el Fondo Solidario de Crédito Universitario, continuador legal del Fondo señalado. El Fondo Solidario de Crédito Universitario, en adelante FSCU, tiene destinado asignar recursos, en calidad de préstamo a los alumnos de pregrado, cuyo objeto es financiar total o parcialmente los aranceles, según su disponibilidad presupuestaria existente. El Fondo Solidario de Crédito no tiene personalidad jurídica separada de la Universidad Austral de Chile. La comisión para el Mercado Financiero, ha establecido que los fondos deben mantener registros contables separados de los llevados por la Universidad, así como utilizar plan de cuentas específico y emitir estados financieros con la forma y contenidos fijados por ellos.

Horario de atención Presencial:
Lunes a jueves de 09:00 a 16:00 horas Viernes de 09:00 a 15:00 horas. Edificio Biblioteca 2° piso entrada lateral, Campus Isla Teja, Valdivia.

Consultas:
Para comunicarse con la oficina de Administración del Fondo de Crédito Solidario: Secretaria: Ximena Mera Pérez Teléfono: 63 2221379 Email: xmera@uach.cl; foncred@uach.cl

Portal Crédito Universitario
Para exalumno(a) con créditos vigentes y en cobranza, ingresar al portal de Crédito Universitario en el siguiente enlace: helen.uach.cl donde podrá gestionar el pago de su deuda, declarar sus ingresos, entre otros.

Ingresar al Portal del Crédito Universitario con su cuenta de exalumno(a) en el siguiente enlace: helen.uach.cl, luego, elegir la opción Declaración Jurada (DJ), y completar el Formulario de acuerdo con el Instructivo. Posteriormente, seleccionar grabar, confirmar e imprimir.

Archivo word

Descargar instructivo de Declaración Jurada (DJ).

Si Usted desea acogerse al beneficio de pagar el 5% de sus ingresos, debe declarar sus ingresos del año anterior, para determinar el resultado de la cuota anual antes del 31 de mayo del presente año.
El formulario para declarar se habilitará en la plataforma, a través, de su cuenta de exalumno (a), a partir del 1° de abril y se cerrará el 31 de mayo del presente año a las 24.00 horas.

  • Antes de confirmar su DJI en la plataforma, revise y verifique los antecedentes que ha registrado, éstos serán verificados con lo que disponga el S.I.I. Si se determina que el deudor faltó a la verdad en lo declarado, se procederá de inmediato al cobro total de la deuda, con sus respectivos intereses, sin perjuicio de la responsabilidad penal que le corresponderá al deudor, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 210 del Código Penal.
  • Una vez que legaliza el Formulario DJI, debe volver a subirlo a la plataforma, con los documentos de respaldo de acuerdo con su caso. Dicha declaración, deberá firmarse ante notario, según lo dispuesto en el Artículo 1º del D. 225, 19/05/94, Reglamento de la Ley 19.287 y 19.848 y Créditos Institucionales.
  • No se recibirán antecedentes con posterioridad al 31 de mayo. Toda documentación recibida después del plazo será rechazada, aplicándose automáticamente una cuota fija anual y sucesiva, sin derecho futuro a declarar y pagar acorde a sus rentas.

Se iniciará el proceso de cobranza de los deudores, dos años después de su Egreso, o dos años después de cancelada su última matrícula, en ambos casos, esté o no en posesión de su título o grado respectivo.
Al iniciar la cobranza de crédito y si el monto actualizado, según ley 19.287, es menor a 200 UTM, el plazo para servir la deuda quedará a 12 años plazo y si fuera superior a 200 UTM a 15 años. En este tipo de crédito el deudor deberá declarar sus ingresos del año anterior, al 31 de mayo, con esta información se determinará el resultado de la cuota anual y en base al 5% de éstos o quedar exento de pago si no los tuviera. El vencimiento del pago será al 31 de mayo del siguiente año, pudiendo la Universidad modificar el plazo según necesidad. Al iniciar la cobranza de crédito y si el monto actualizado, según ley 19.287, es menor a 200 UTM, el plazo para servir la deuda quedará a 12 años plazo y si fuera superior a 200 UTM a 15 años. En este tipo de crédito el deudor deberá declarar sus ingresos del año anterior, al 31 de mayo, con esta información se determinará el resultado de la cuota anual y en base al 5% de éstos o quedar exento de pago si no los tuviera. El vencimiento del pago será al 31 de mayo del siguiente año, pudiendo la Universidad modificar el plazo según necesidad.
El pago anticipado de la deuda total de crédito universitario, por ley, tiene un descuento total de un 25%.
En caso de no presentar declaraciones de ingresos, de acuerdo con la normativa, se determinará un plan de pago en cuotas fijas de acuerdo con la siguiente tabla:

Saldo deudor deuda (UTM)

Años de cobro 

Desde 0 a 50

6

Desde 51 a 100

9

Desde 101 a 200

12

201 o más

15

El Fondo de Crédito Universitario de la Universidad Austral de Chile, fue creado con el amparo del artículo 70 de la Ley 18.591 de enero de 1987, que establece la creación de un fondo de crédito universitario para cada una de las instituciones de Educación Superior que a la fecha de publicación de la Ley recibían aporte fiscal según Decreto con Fuerza de Ley Nº 4 de 1981. Posteriormente, la Ley 19287 del 1994, modifica y sustituye al Fondo de Crédito Universitario por otro denominado Fondo Solidario de Crédito Universitario, y establece normas de reprogramación de los deudores.
El Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU), tiene destinado asignar recursos, en calidad de préstamo a los alumnos de pregrado, cuyo objeto es financiar total o parcialmente los aranceles, según su disponibilidad presupuestaria existente. Para lo anterior, es necesario, mantener, actualizar y entregar la información, referente a exalumnos. Básicamente, llevar el Control de la cuenta corriente de los deudores de, Crédito Fiscal Universitario (CFU) Crédito Fiscal Reprogramado (CFR), Crédito Universitario (CU) y Crédito Solidario (FS), entregando una atención oportuna y eficiente al exalumno o deudor de crédito universitario.

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Ley 19287

Archivo word

Ley N°20.572 de Reprogramación de Deudas Morosas.

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Administradora: Milagros Guerrero Martínez

Secretaria: Ximena Mera Pérez
Teléfono: +56 63 2 22 1379
Email: xmera@uach.cl

Presencial:

Dirección de Comunicaciones
Las Encinas 220, Pabellón C, 1 º piso
Campus Isla Teja, Valdivia

Consultas por Admisión:

Lunes a viernes
Horario: 09:00 a 13:00 y 15:00 a 18:00 hrs.

Acreditación

Vicerrectoría de Gestión Económica y Adm. · Independencia 641 Casa Central, 2º Piso · Tel: +56 63 2221381 · Fax: +56 63 2221774 · Valdivia · Chile

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